Nacionalidad histórica

Keywords: Nacionalidad histórica, Andalucía, Aragón, Asturias, Castilla, Cataluña, Comunidad Valenciana, Comunidad autónoma, Constitución Española de 1978

Nacionalidad histórica es un término recurrente en la política española usado para designar a aquellas comunidades autónomas con una identidad colectiva, lingüística y cultural diferenciada del resto del Estado.

La Constitución Española de 1978 reconoce la existencia de regiones y nacionalidades, y les concede la autonomía sin establecer diferencias administrativas entre ellas.

La Constitución se fundamenta en la indisoluble unidad de la Nación española, patria común e indivisible de todos los españoles, y reconoce y garantiza el derecho a la autonomía de las nacionalidades y regiones que la integran y la solidaridad entre todas ellas.

Aunque la Constitución no menciona en ningún caso cuales son estas nacionalidades existe amplio consenso en que lo son al menos estas tres: Galicia, País Vasco y Cataluña.

Andalucía accedió temprano a la autonomía reivindicando su categoría de comunidad "histórica".

Otras comunidades autónomas que no accedieron al nivel de competencias de las nacionalidades históricas anteriormente mencionadas no son reconocidas como tales por el Estado español, aunque existen diversos partidos políticos y colectivos que reivindican este hecho. Tal es el caso de Asturias, Aragón, País Valenciano o Castilla.

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