Derecho de sucesiones
Keywords: Derecho de sucesiones, Derecho, Legítima, Mortis causa, Sucesión intestada
El Derecho de Sucesiones es aquella parte del Derecho Privado que regula la sucesión mortis causa, el destino de las titularidades y relaciones jurídicas tanto activas como pasivas de una persona después de su muerte.
En el Derecho Comparado hay dos sistemas de organizar la sucesión mortis causa:
El Sistema Inglés: de la sucesión se hace cargo un ejecutor intermediario.
El Sistema Romano: los bienes de la herencia se entregan desde el primer momento a los herederos, quienes se ocupan de administrarla y liquidarla.
Notas características del Derecho sucesorio español.
- Una parte de los bienes del difunto van a parar a la Comunidad, vía impuestos.
- Ciertos parientes en línea recta (ascendientes/descendientes) y el cónyuge tienen derecho a recibir una parte de la herencia del fallecido o causante, a esta parte se la denomina legítima.
- Existe libertad de disposición mortis causa; el causante puede decidir libremente como dejar sus bienes, siempre con el respeto a la legítima.
- En caso de que no haya testamento, entran en juego las normas del Código Civil y los parientes que éste señale; sucesión intestada.
Ver también
Derecho
Categoría:Derecho civil
