Comunidad Andina
Keywords: Comunidad Andina, 1969, 1973, 1976, 1996, 1997, 1998, 2004, 26 de mayo
La Comunidad Andina o Comunidad Andina de Naciones (CAN) es una organización regional económica y política con entidad jurídica internacional creada por el Acuerdo de Cartagena el 26 de mayo de 1969.
| Miembros de la Comunidad Andina |
|---|
| Bolivia (1969) |
| Chile (1969-1976) |
| Colombia (1969) |
| Ecuador (1969) |
| Perú (1969) |
| Venezuela (1973) |
Está constituida por Bolivia, Colombia, Ecuador, Perú y Venezuela, junto con los órganos e instituciones del Sistema Andino de Integración (SAI). Antes de 1996, era conocida como el Pacto Andino o Grupo Andino.
Chile fue miembro entre 1969-1976, retirándose debido a incompatibilidades entre la política económica de ese país y las políticas de integración de la CAN.
Ubicados en América del Sur, los cinco países andinos agrupan a 120 millones de habitantes en una superficie de 4.710.000 kilómetros cuadrados, cuyo Producto Bruto Interno ascendió en el 2002 a 260 mil millones de dólares.
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Desarrollo de la Comunidad Andina
La Comunidad Andina ha firmado un Acuerdo de Cooperación con Mercosur, denominado Acuerdo marco para la creación de la zona de libre comercio entre la Comunidad Andina y Mercosur' en 1998.
El 3 de agosto de 2004, los presidentes del Perú y de Bolivia, Alejandro Toledo y Carlos Mesa respectivamente, firman un tratado bilateral de libre comercio, que posibilita las relaciones comerciales entre ambos países sin gravámenes arancelarios.
Organización del CAN (Sistema Andino de Integración)
- Consejo Presidencial Andino
- Comisión
- Junta del Acuerdo de Cartagena, funcionó entre 1969-1997.
- Secretaría General, ubicada en Lima, Perú. Desde agosto de 1997 asume las funciones de la Junta.
- Consejo Andino de Ministros de Relaciones Exteriores
- Parlamento Andino
- Tribunal de Justicia
Secretarios Generales de la CAN
- Sebastián Alegrett (Venezuela) 1997-2002
- Guillermo Fernández de Soto (Colombia) 2002-2004
- Edward Allan Wagner Tizón (Perú) 2004-2008
Libre tránsito de personas
Desde el 1 de enero de 2005, los ciudadanos de los cinco países de la Comunidad Andina pueden ingresar sin visa a cualquiera de ellos, en calidad de turistas.
De esta manera, y de acuerdo a la Decisión 503 “Reconocimiento de documentos nacionales de identificación” y la Decisión 603 “Participación de la República Bolivariana de Venezuela en la Decisión 503”, se reafirma que la libre circulación de personas es una de las condiciones requeridas para la constitución gradual del Mercado Común Andino.
Los ciudadanos deberán presentar ante las autoridades del país receptor su documento nacional de identidad o el pasaporte en el caso de visitar Venezuela. El visitante recibirá la Tarjeta Andina de Migración (TAM), en la que se indicará la fecha de ingreso y el tiempo de permanencia autorizada.
Enlaces externos
- Sitio de la Comunidad AndinaCategoría:Diplomacia
